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INFORMACIÓN EN INTERNET SOBRE LA ENAJENACIÓN DE BIENES POR LA AEAT: Artículo de Jesús Ibáñez Peña publicado en CARTA TRIBUTARIA: ACTUALIDAD INTERNET |
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Para ello, además de realizar anuncios en prensa de las subastas y de la enajenación por gestión directa, lleva ya algún tiempo publicando una completa y actualizada información de los bienes enajenables en su página web.. Este proceso que pretende una mayor transparencia de las subastas y una
universalización del acceso a las mismas culminará en un
futuro próximo con la celebración de subastas virtuales.
· Dependencia y Fase: Subasta, gestión directa, adjudicado
o suspendido para inmuebles, muebles y otros Una vez escogida cualquiera de las opciones anteriores, se accede a un cuadro en el que se ordenan los bienes por el criterio elegido, indicándose en la parte superior los que son de nueva incorporación a la web, y pudiendo accederse a ellos de una forma diferenciada. La información facilitada por Internet sobre los distintos bienes a enajenar es actualizada quincenalmente y consiste en:
· Datos del Bien: Inmueble, mueble u otro. El icono de ayuda que existe en la opción de menú "Enajenación de bienes", ofrece la siguiente información sobre el procedimiento de subastas: PROCEDIMIENTO DE SUBASTA: Actualmente la Agencia Tributaria no celebra subastas telemáticas, por lo que la participación en las mismas requiere que se acuda a sus oficinas. Está prevista la próxima incorporación a sus servicios telemáticos de las subastas virtuales en combinación con la participación en persona. Las subastas se celebrarán en los días y hora señalados en el Anuncio publicado en las Delegaciones y Administraciones de la A.E.A.T. y, en su caso, en los Boletines Oficiales. Mediante un acto público, en el que está constituido una Mesa de Subasta, se presentarán las posturas respecto de cada bien, debiendo ser como mínimo el tipo de 1ª licitación. Caso de no presentarse ofertas con estos requisitos, la Mesa podrá celebrar en ese mismo acto una 2ª licitación con exigencia, como mínimo del 75% del tipo de 1ª licitación. Cuando en la licitación no se hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de la gestión directa, por un plazo máximo de 6 meses. En este trámite no se exige, con carácter general, un tipo de licitación. Las enajenaciones por subasta o gestión directa, se suspenderán si antes de la adjudicación definitiva del bien se abona la totalidad de la deuda. Caso de existir cargas o gravámenes anteriores y preferentes al derecho anotado de la Hacienda Pública, éstos quedarán subsistentes. Para obtener más información sobre los bienes ofertados,
se señala un teléfono de referencia. En las consultas se
ha de indicar el código identificativo del inmueble.. Para participar en la subasta es necesario constituir, en metálico o cheque conformado a favor del Tesoro Público, ante la Mesa de Subasta, el día y en el lugar de celebración de la subasta, un depósito del 20% del Tipo de Licitación. Se admitirán ofertas en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, que deberán ir acompañadas del cheque conformado a favor del Tesoro Público, por el importe del depósito, y serán registradas en el registro general de la Delegación de la A.E.A.T. correspondiente. PARTICIPACIÓN EN LA GESTIÓN DIRECTA: Hay que presentar oferta por el bien que se desee adquirir, en sobre cerrado, en la Delegación de la A.E.A.T. correspondiente, dirigido a la Dependencia de Recaudación de esa Delegación, donde, además, se incluirá fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte, y fotocopia del documento que justifique, en su caso, la representación que ostente. El plazo de presentación de ofertas será de un mes a contar desde la fecha de inicio de la gestión directa; no obstante el Jefe de la Dependencia de Recaudación podrá considerar que las ofertas presentadas en dicho mes no se ajustan a las mejores condiciones económicas y decidir prorrogar el plazo de presentación por un mes más, y así sucesivamente con el límite total de seis meses. Jesús Ibáñez Peña |
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