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EN LA WEB DE LA AGENCIA TRIBUTARIA:
Artículo de Jesús Ibáñez Peña publicado en CARTA TRIBUTARIA: ACTUALIDAD INTERNET |
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Programas de Ayuda On-line www.aeat.es/sopenlinea.htm La Agencia Tributaria ha empezado a desarrollar una nueva serie de Programas de Ayuda que permiten su cumplimentación on-line sin necesidad de descargar ningún software. El primer programa on-line de carácter general desarrollado por la AEAT ha sido el de Cálculo de Retenciones 2001, para dar respuesta a las necesidades de profesionales, administraciones, empresas y particulares de ajustar sus retenciones, dada la mayor precisión e información exigida por la nueva normativa de Renta. El cálculo se realiza ya exclusivamente en euros:
El formulario on-line exige, en primer lugar, dar la conformidad a la descarga de un "pluggin" (pequeño programa complementario de otro, en este caso de nuestro navegador) de la Agencia Tributaria que permitirá realizar los cálculos de retenciones. (El programa tradicional de cálculo sigue estando disponible para su descarga). Una vez aceptada la descarga se abre la pantalla de datos en la que en primer lugar hay que cumplimentar los datos personales y, posteriormente los económicos. La pantalla de resultados indicará si falta por rellenar algún campo obligatorio. Para realizar el cálculo de retenciones han de cumplimentarse varios de los siguientes campos: § Año de Nacimiento Un completo Programa de Ayuda puede consultarse para conocer exactamente el contenido de cada uno de los campos del formulario o la normativa general para el cálculo de retenciones.
La web de la Agencia dispone de una nueva herramienta que facilita la navegación por la misma, al poder rastrear sus contenidos en una búsqueda por palabras.
El buscador incorpora los operadores lógicos <AND>, <OR> y <AND><NOT>, mediante su introducción entre las palabras usadas en la cadena de búsqueda. Al realizar una búsqueda hay que tener en cuenta que los resultados son diferentes si se acentúan o no las palabras y que no se incluyen, al tener buscador propio, los contenidos del Programa Informa.
Las Administraciones Públicas, tradicionales solicitantes de Certificados de Deudas, de Contratación o de estar al corriente de las Obligaciones tributarias, pueden ahora ahorrar trámites y desplazamientos a sus administrados mediante la solicitud, obtención y consulta de certificados directamente por estos Organismos Públicos a través de la página web de la Agencia Tributaria. Al análisis a fondo de esta nueva opción dedicaremos un próximo artículo.
Se ha incorporado al apartado "Normativa y Legislación" de a la web de la AEAT la relación completa y actualizada de los Grupos y Epígrafes del impuesto sobre Actividades Económicas. El documento está en formato PDF, lo que requiere de un programa como Adobe Acrobat Reader u otro similar para su lectura. (Adobe puede descargarse gratuitamente desde la propia página de la Agencia Tributaria).
Desde hace ya varios años, la Agencia Tributaria viene poniendo a disposición de todos los interesados su Memoria de actuaciones a través de Internet.
Debemos destacar la conveniencia de utilizar esta vía de difusión de cualquier Memoria, por su carácter universal y su gratuidad, la facilidad para exportar datos y, además, permite prescindir de las costosas ediciones impresas que todavía siguen empleando muchos organismos, instituciones y empresas, en lugar de difundir sus resultados y noticias a través de la Red. En la web de la AEAT están disponibles las Memorias desde el año 96. Su contenido esencial es: § Presentación
Para evaluar y mejorar los servicios telemáticos de la AEAT, ésta viene realizando desde hace ya varios años encuestas on-line sobre las presentaciones de declaraciones.
Una vez finalizada la Campaña de Renta 2000 se ha puesto a disposición de los contribuyentes que han realizado la presentación por Internet de su declaración un formulario para rellenar en pantalla y que permite a la Agencia Tributaria conocer la opinión de los usuarios de este servicio. También existe un modelo de encuesta en pantalla para conocer la opinión de los usuarios de programas de Ayuda de la AEAT. En este caso no es necesario disponer de certificado de la FNMT ni haber realizado presentaciones por Internet.
Mediante este nuevo servicio, los operadores de comercio exterior pueden autorizar a determinadas personas (declarante, importador, exportador,...) para que consulten por Internet la información aduanera de dicho operador. Una vez autorizados el acceso a las consultas se hará con el certificado personal de las personas autorizadas y no necesariamente con el del operador. Para realizar una autorización, el operador desde dicha opción del menú, a la que ha accedido con su certificado de la FNMT, puede enviar firmada una autorización a otra persona identificada por su NIF. Una vez realizada esta autorización, la persona autorizada podrá acceder a determinadas consultas de gestión aduanera con su propio certificado personal, modificando el campo NIF y sustituyendo el suyo por el del operador que ha realizado la autorización. La opción de solicitud de autorizaciones de acceso a comercio exterior y consultas ofrece las siguientes posibilidades: · Realizar solicitudes nuevas y dar baja de antiguas autorizaciones
mediante el correspondiente formulario. Presentación del Documento Único Administrativo
(DUA) por Internet Hasta ahora la presentación de DUA´s sólo podía realizarse bien en papel o bien mediante transmisión electrónica, utilizando para ello mensajes EDIFACT, modalidad recogida por el Código Aduanero Comunitario. La utilización exclusiva, para transmitir estas declaraciones de "Redes de Valor Añadido" (con coste para el usuario) tenía su razón de ser en la seguridad que éstas ofrecían, cualidad indispensable y que no estaba asegurada con otros sistemas hasta que se ha producido la regulación jurídica de Internet y de la firma electrónica para la presentación telemática de declaraciones. La Resolución de 30 de julio de 2001, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT ha modificado la regulación relativa a la presentación del DUA (Resolución de 4 de diciembre de 2000) incluyendo la posibilidad de hacerlo por Internet. Jesús Ibáñez Peña |
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