PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE DECLARACIONES A INGRESAR (I):

Artículo de Jesús Ibáñez Peña publicado en

CARTA TRIBUTARIA: ACTUALIDAD INTERNET



La presentación por Internet de declaraciones a devolver es bastante sencilla y necesita de muy pocos trámites. Sin embargo, cuando la declaración resulta a ingresar el proceso se complica, al ser necesario la obtención previa de un NRC (Número de Referencia Completo), código que proporciona la entidad financiera que gestiona el cobro y que identifica el ingreso tributario realizado.

El banco o caja de ahorros, una vez contabilizado el importe a ingresar, asigna al contribuyente un NRC que generará informáticamente mediante un sistema criptográfico que relacione de forma unívoca el NRC con el importe a ingresar. La entidad colaboradora sólo entrega el NRC después de contabilizar el correspondiente importe.

¿CÓMO OBTENER UN NRC?

Al comienzo del sistema de presentación telemática de declaraciones el NRC podía obtenerse exclusivamente por personación en una entidad financiera, en la que una vez realizado el ingreso se proporcionaba el código.

La incomodidad que producía el desplazamiento al Banco o Caja de Ahorros, y la lógica dificultad de casar un sistema que exige presencia física con otro virtual, ha dado lugar a que se haya habilitado la posibilidad de obtención telemática del NRC por alguno de los siguientes sistemas:

· Mediante el empleo de banca electrónica o telefónica.
· Automáticamente para la presentación por lotes de declaraciones en nombre de terceros que realizan principalmente los profesionales tributarios.
· Para declaraciones del propio sujeto pasivo directamente a través de la página web de la Agencia Tributaria. (Este novedoso procedimiento se analizará en el próximo número de la revista).

BANCA ELECTRÓNICA Y TELEFÓNICA

Los clientes de banca electrónica o telefónica pueden obtener el NRC directamente de su entidad, proporcionando para ello los datos identificativos del sujeto pasivo, cuenta, forma de pago, impuesto y ejercicio.

Para operar en banca a distancia se necesita una clave personal de acceso y un código o tarjeta de claves. Proporcionando nuestra identificación (DNI, teléfono o número personal) y la clave personal se puede consultar esencialmente el saldo y los movimientos de la cuenta.

Para realizar operaciones que supongan movimiento de fondos, como el pago de impuestos, se necesita la clave adicional antes mencionada que garantiza que nadie más puede acceder al sistema.

La mayoría de las entidades financieras ofrecen hoy servicios de banca a distancia asociados a sus cuentas tradicionales, pero también hay entidades que exigen la apertura de una cuenta especial en la misma entidad o en aquella de su grupo que se ocupa en exclusiva de este tipo de operaciones.

El principal inconveniente de este sistema es que la banca a distancia no tiene todavía un número de usuarios mayoritario, lo que limita bastante el uso de la misma para el pago de impuestos.

PAGO TELEMÁTICO POR LOS PROFESIONALES TRIBUTARIOS

Desde el 1 de enero de 2001, los profesionales tributarios, y otros presentadores en nombre de terceros, disponen de la indudable ventaja de poder presentar todas las declaraciones correspondientes a un mismo modelo de forma conjunta y automática, independientemente de que resultan a ingresar, devolver, compensar o negativas.

Para las autoliquidaciones con resultado a ingresar las Entidades Colaboradoras en las que se vaya a hacer el cargo en cuenta, deberán disponer de un software (con las especificaciones técnicas definidas por la Agencia Tributaria) que facilite la obtención automática de los justificantes de ingreso por lotes en un fichero.

A partir del fichero suministrado, el software de presentación de la AEAT podrá recuperar de forma automática el NRC, en función de los datos de la autoliquidación.

El sistema informático realiza los siguientes trámites automatizados:

1º Generación, en el equipo informático del Presentador Autorizado, de la interfaz de "Solicitudes de NRCs". Este proceso debe ser realizado por el software propio del Presentador Autorizado.
2º Envío al ordenador central de la Entidad Financiera del fichero de "Solicitudes de NRCs".
3º Recepción en el sistema de información del Presentador Autorizado del fichero de "Resultados de solicitudes de NRCs".
4º Generación, en el equipo informático del Presentador Autorizado, del fichero de NRCs requerido por el software de la A.E.A.T. Este proceso debe ser realizado por el software propio del Presentador Autorizado.

Cuando el Profesional Tributario decida realizar la presentación por lotes y seleccione dicha opción, se descargará un programa firmado por la AEAT al que se dará permiso de lectura de ficheros y que pedirá:

· Nombre del fichero o ficheros con las declaraciones del modelo elegido.
· Nombre del directorio donde se localizará el fichero de NRC´s (justificantes de los ingresos).
· Seleccionar el certificado con el que se firmará electrónicamente cada declaración.

Además le indicará el directorio donde se almacenarán en formato html (el de las páginas web):

· Los justificantes de haber presentado la declaración en el caso de haber sido aceptadas.
· Los errores que se detectaron en las presentaciones rechazadas.
· El resumen de la transmisión:
- Declaraciones leídas.
- Declaraciones rechazadas.
- Declaraciones aceptadas, etc.

Si se quiere imprimir las respuestas, según se vayan presentando las declaraciones, se deberá marcar la casilla "Imprimir las respuestas recibidas"; en caso contrario las podrá imprimir con las opciones de impresión del navegador, indicando en la pantalla que le muestre el navegador "Imprimir documentos vinculados", y pulsando la tecla "Aceptar" una vez finalizado el envío; y si se desea después de haberse desconectado.

Una vez se actúe sobre el botón de enviar declaraciones se desencadenará un proceso que finalizará con el envío de la última declaración que contenga los ficheros, realizándose automáticamente:

· Lectura de la declaración.
· Lectura del NRC asociado a ella.
· Generación de la firma electrónica con el certificado de usuario seleccionado previamente.
· Envío de la declaración y firma.
· Recepción y almacenamiento de la respuesta de la AEAT para esa declaración.

Finalizado el envío de todas las declaraciones, se mostrará el resumen de proceso y la lista de todas las respuestas. Seleccionando el NIF de los titulares de las declaraciones enviadas, se mostrarán en pantalla los formularios aceptados con su código electrónico o los errores asociados a la presentación, si fue rechazada.



NUEVOS SERVICIOS TELEMÁTICOS DE LA AEAT PARA LA CAMPAÑA DE RENTA 2000

Para la Campaña de Renta 2000 la Agencia Tributaria ha seguido potenciado sus servicios en Red con la incorporación de nuevas funciones y utilidades:

CITA PREVIA POR INTERNET

Rellenando un formulario on-line la Agencia le comunica por correo electrónico en 24 horas la primera cita disponible que se le puede asignar en función de su petición de horario de tarde o mañana.

En el formulario para la cita previa (disponible en el apartado "Renta 2000" del menú lateral) hay que elegir la oficina donde se desea la cita e indicar:

· Nombre y Apellidos
· Documento Nacional de Identidad
· Teléfono de Contacto
· Tipo de Declaración (Simplificada o módulos)
· Dirección de correo electrónico para la confirmación de la cita

FOLLETO INFORMATIVO RENTA 2000

Se ha incorporado al apartado "Renta 2000" un folleto informativo en el que se explica paso a paso la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y de Patrimonio.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS (FAQS)

Para facilitar la resolución de dudas y problemas se han recopilado en este apartado las Preguntas y Respuestas más frecuentes sobre:

· Ayuda para la instalación de los módulos
· Programa PADRE: Instalación, Funcionamiento, Impresión y Mensajes de error
· Actualizaciones disponibles - Renta 2000

MANUAL DE RENTA

Desde la web de la AEAT se puede acceder (y descargar) de forma completamente gratuita una de las publicaciones más completas y documentadas que existen en el mercado sobre el IRPF.

IRPF Y COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Resumen de medidas normativas sobre el IRPF y los demás Tributos Cedidos a las Comunidades Autónomas para 2001

Jesús Ibáñez Peña
jesus@canalfiscal.com
www.canalfiscal.com