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PRESENTACIÓN Y CONSULTA DE SOLICITUDES POR INTERNET DE RECURSOS DE REPOSICIÓN, DEVOLUCIONES DE INGRESOS INDEBIDOS, RECTIFICACIÓN DE AUTOLIQUIDACIONES Y RECTIFICACIÓN DE ERRORES MATERIALES
CARTA TRIBUTARIA: ACTUALIDAD INTERNET |
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PRESENTACIÓN Y CONSULTA DE SOLICITUDES
POR INTERNET DE RECURSOS DE REPOSICIÓN, DEVOLUCIONES DE INGRESOS
INDEBIDOS, RECTIFICACIÓN DE AUTOLIQUIDACIONES Y RECTIFICACIÓN
DE ERRORES MATERIALES · Recursos de Reposición
La implantación en el 2001 de la presentación telemática de recursos era uno de los compromisos de atención al ciudadano incluidos por la Agencia Tributaria en su Carta de Servicios. RECURSOS QUE SE PUEDEN PRESENTAR El sistema desarrollado por la AEAT permite la presentación y seguimiento de los siguientes escritos: · La presentación por Internet
del recurso de reposición regulado en los artículos 160
a 162 de la LGT y en el Real Decreto 2244/1979, de 7 de septiembre, por
el que se reglamenta el recurso de reposición previo al económico
administrativo. La presentación de estas solicitudes o la consulta del estado de tramitación dispone de unos menús de ayuda muy completos (Generales y de cada tipo de solicitud), que informan de todas las posibilidades tanto de procedimiento, como de tramitación. La normativa que regula esta presentación es la Resolución de 11 de diciembre de 2001, de la Dirección General de la AEAT, por la que se regula la presentación por vía telemática de recursos de reposición y otras solicitudes de carácter tributario (BOE 28-12-2001). El sistema permite también que la presentación se realice por los representantes de las personas físicas o jurídicas. PRESENTACIÓN POR INTERNET: Podrán presentar por Internet las
solicitudes previstas en la Resolución de 11 de diciembre de 2001: La ayuda general indica los pasos a seguir para presentar un recurso: El solicitante o, en su caso, su representante, se pondrá en comunicación con la Agencia Tributaria, a través de Internet o de cualquier otra vía equivalente que permita la conexión, en la dirección https://aeat.es y procederá como sigue: 1º Elegirá la opción: Recursos y Reclamaciones. 2º Seleccionará la opción: Presentación de solicitudes, en la que aparecerá una serie de instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud. 3º A continuación, seleccionará el tipo de solicitud que se desea interponer, si bien la calificación no es obligatoria. Las opciones son: · Recurso de reposición La selección del tipo de solicitud no es obligatoria. La no selección del tipo de solicitud no impedirá que ésta se tenga por presentada, procediéndose a su calificación por el órgano competente para resolver. Si existe error en la calificación, éste no obstará a que el escrito de solicitud se tenga por presentado. 4º Se seleccionará el tipo de acto o la actuación entre los que se muestren en función del tipo de solicitud seleccionada. Las opciones son: · Liquidaciones provisionales
5º En función de la opción elegida en el paso anterior, cumplimentará los datos incluidos en el formulario que aparecerá en la pantalla. En cada uno de los campos de dicho formulario, existe una ayuda a la que se puede acudir para solventar las dudas que surjan en la cumplimentación del mismo. Las alegaciones se podrán incorporar a través de la recuperación de un fichero en formato HTML o crearlo en el mismo momento de la interposición. Si se desea aportar documentación anexa a la solicitud, el interesado o su representante deberá realizarlo en cualquiera de los registros públicos previstos en la norma administrativa. En dicha documentación se hará mención del código electrónico a que se refiere el número 8º de éste apartado
Una vez introducidos todos los datos, si conforme a la aplicación informática son validados, se mostrará el escrito de presentación de la solicitud. En caso contrario, se indicarán los errores para que el interesado o, en su caso, su representante, proceda a su subsanación. 6º Seleccionará un certificado de usuario X.509.V3 expedido por la FNMT-RCM, previamente instalado en el navegador para generar la firma digital. El certificado de usuario requerido será: · Si el solicitante es persona física,
el certificado del propio solicitante o el de su representante voluntario.
7º Transmitirá a la Agencia Estatal de Administración Tributaria el escrito de presentación de la solicitud con la firma digital. 8º Si la solicitud es aceptada, la Agencia Estatal de Administración Tributaria le devolverá en pantalla el escrito de presentación de la solicitud validado con un código electrónico de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación. Asimismo si la solicitud se presentó a través de representante voluntario, tanto en el ámbito de las personas físicas como jurídicas, la aplicación señalará, mediante un mensaje al respecto, la necesidad de que en el plazo de los diez días siguientes a la presentación de la solicitud se aporte el poder. En caso de no atenderse a este mensaje se efectuarán los requerimientos que procedan por los cauces ordinarios. 9º El solicitante o, en su caso, su representante deberá imprimir y conservar el escrito de presentación de la solicitud una vez aceptado y validado con el correspondiente código electrónico. Asimismo, podrá consultar la presentación realizada en la dirección https://aeat.es, seleccionando el certificado de usuario correspondiente, a través de la opción Consulta de Presentación de Solicitudes, en la que se podrá obtener de nuevo el escrito de presentación tal como se mostró cuando se presentó la solicitud. ALEGACIONES Las alegaciones se podrán incorporar a través de la recuperación de un fichero en formato HTML o crearlo en el mismo momento de la interposición. (En el aparado de Ayuda se explica detalladamente la forma de generar el fichero). Si se desea aportar documentación anexa a la solicitud, el interesado o su representante deberá realizarlo en cualquiera de los registros previstos en la norma administrativa. En dicha documentación se hará mención del código electrónico a que se refiere el número 8° de este apartado. CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN Puede consultarse telemáticamente tanto el estado de tramitación de una solicitud, como las solicitudes presentadas durante un período de tiempo.
Jesús Ibáñez Peña
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